lunes, 29 de marzo de 2010

RECONOCIMIENTO AL MÉRITO LABORAL 2010

El Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico,
Turismo y Competitividad con fundamento en los artículos 2369, 2370 fracciones I, II, II, IV, V y VI, 2371,
2372, 2380 en sus Fracciones I, II, y III, del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
CONVOCA
A las empresas instaladas en el Municipio de Puebla y municipios circunvecinos, entidades públicas,
cámaras empresariales, organismos no gubernamentales, así como a la sociedad en general, a proponer
a aquellos empleados o trabajadores que en el desempeño de sus actividades públicas, sociales,
profesionales, de oficios o cualquier manifestación del quehacer humano hayan contribuido al desarrollo
y posicionamiento a nivel nacional e internacional del centro de trabajo en que prestan sus servicios, y
que sean de evidente significado y trascendencia en beneficio del la comunidad del Municipio, para
recibir el “Reconocimiento al Mérito Laboral 2010”, que otorga este H. Ayuntamiento, conforme a las
siguientes:
BASE S
Primera. Las seis categorías en las que podrán participar los trabajadores son las siguientes,
entregándose un Reconocimiento para cada categoría:
I. Aportación al Desarrollo de Entidades Públicas
II. Aportación al Desarrollo Social
III. Aportación al Desarrollo Industrial y Textil
IV. Aportación al Desarrollo Comercial y de Servicios
V. Aportación al Desarrollo Artístico y Cultural
VI. Aportación al Desarrollo Artesanal
Segunda. Los empleados o trabajadores que se hagan merecedores a recibir el Reconocimiento al
“Mérito Laboral”, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.
II. Contar con la mayoría de edad, al momento de ser reconocido con dicho galardón.
III. No desempeñar cargo de cualquier nivel dentro de la Administración Pública Municipal o Estatal.
IV. Contar con una antigüedad mínima de cinco años como empleado o trabajador del centro de
trabajo que presenta la propuesta.
V. No haber sido condenado por delito doloso o culposo, ni estar sujeto a proceso penal.
VI. Contar con una reconocida trayectoria dentro de la empresa para la que presta sus servicios.
Tercera. Las propuestas de los empleados o trabajadores deberán ser hechas por las empresas o
centros de trabajo, en que dicho prestador de servicios desempeñe sus actividades laborales y deberán
de ser acompañadas de la siguiente documentación:
I. Copia simple del alta ante el IMSS del empleado o trabajador, o documentación comprobatoria de
antigüedad equivalente.
II. Currículum del empleado o trabajador.
III. Carta bajo protesta de decir verdad del empleado o trabajador de no haber sido condenado por
delito doloso o culposo, ni estar sujeto a proceso penal.
IV. En escrito libre no mayor a dos cuartillas, una amplia reseña de los hechos que dan motivo a la
postulación, incluyendo los puntos establecidos en la Base Cuarta de esta Convocatoria.
V. Copia simple de identificación oficial
Cuarta. Los criterios a evaluar por parte del Consejo de Premiación son los siguientes:
I. Aportación al centro de trabajo
II. Aportación al Municipio de Puebla.
III. Trascendencia social, económica, tecnológica y/o ambiental.
IV. Proyección para el Municipio de Puebla.
Quinta. La postulación de cada trabajador podrá ser sólo en una de las seis categorías
mencionadas.
Sexta. Las propuestas de los empleados o trabajadores serán recibidas a partir de la publicación
de la presente Convocatoria y hasta el día 22 de abril del año en curso, en la Secretaría de Desarrollo
Económico, Turismo y Competitividad, con dirección en Avenida Reforma #109 Primer Piso, Centro
Histórico. Tel 404-5150 ext. 6807, o bien al correo electrónico vinculacionlaboralpuebla@gmail.com, en
horario de las 9:00 a las 17:00 horas de lunes a viernes, en días hábiles.
Séptima. Los resultados se darán a conocer en dos de los diarios de mayor circulación del Estado de
Puebla, así como en el Portal electrónico del H. Ayuntamiento de Puebla (www.pueblacapital.gob.mx), el
día 27 de abril de 2010.
LOS EMPLEADOS O TRABAJADORES GANADORES
1. Se harán acreedores a un reconocimiento público en Sesión Solemne del H. Cabildo de Puebla,
durante los primeros días del mes de mayo de 2010.
2. Recibirán una medalla conmemorativa del Reconocimiento al Mérito Laboral.
3. Recibirán un diploma firmado por la C. Presidenta Municipal Constitucional y el Secretario General
del H. Ayuntamiento que acredita el Reconocimiento.
ATENTAMENTE.- “SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN.”- HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA,
VEINTINUEVE DE MARZO DE 2010.- EL CONSEJO DE PREMIACIÓN DEL RECONOCIMIENTO AL
MÉRITO LABORAL 2010.- LICENCIADA BLANCA MARÍA DEL SOCORRO ALCALÁ RUIZ,
PRESIDENTA.- LICENCIADO ANTONIO TORRES MOTA VELASCO, SECRETARIO.- REGIDORA
MARÍA DEL ROSIO GARCÍA GONZÁLEZ, VOCAL.- REGIDORA MARÍA DEL CARMEN
LANZAGORTA BONILLA.- VOCAL.- REGIDOR ALEJANDRO CONTRERAS DURÁN, VOCAL.-
REGIDOR JAIME JULIÁN CID MONJARAZ, VOCAL.

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